
Ejecutores y gestores de fondos deberán presentar un plan antifraude en 90 días
Las desviaciones en inversión verde y digital serán corregidas
El Ejecutivo avanzó ayer un nuevo paso en la implementación del marco de ejecución de los 140.000 millones de euros en fondos europeos que financiarán las inversiones y reformas contempladas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En concreto, el Boletín Oficial del Estado publicó dos órdenes del Ministerio de Hacienda y Función Pública que configuran el sistema de información y gestión de las ayudas comunitarias. El texto establece los mecanismos de control sobre los beneficiarios, el seguimiento de los proyectos, la prevención del fraude y las desviaciones de inversión.
Una de las principales innovaciones de estas órdenes ministeriales es que determina la creación de un macrocenso de beneficiarios, contratistas y subcontratistas por parte de Hacienda. En particular, la Agencia Estatal de Administración Tributaria, las autoridades forales y canaria, así como la Intervención General de la Administración del Estado dispondrán de una base de datos en la que deberán constar, "al menos", aquellos receptores de fondos comunitarios a partir de un determinado "estándar mínimo de significación económica". En primer lugar, figurarán las sociedades mercantiles, grupos empresariales, cooperativas o personas físicas con actividad económica cuya cifra de negocios anual –o volumen de operaciones sujetas a impuestos indirectos– supere los dos millones de euros. También se incluirán los titulares de participaciones superiores al 25% del capital social o fondos patrimoniales de dichas compañías. En tercer lugar, Hacienda ejercerá control sobre las personas físicas o jurídicas que sean beneficiarias de ayudas por más de 7.000 euros.
El marco aprobado por Hacienda también contempla una serie de medidas de prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y el conflicto de intereses. Destaca entre ellas la obligación impuesta a las entidades decisoras o ejecutoras de los proyectos de aprobar un plan antifraude en un plazo de 90 días, a contar desde la publicación del mandato ayer en el BOE, "o en su caso, desde que se tenga conocimiento de la participación en la ejecución" del plan de recuperación. La detección de un posible fraude, o la sospecha fundada de su existencia, obliga a las entidades suscriptoras de estos protocolos a suspender de inmediato el proyecto y notificarlo a las autoridades. Entonces se iniciará un proceso de revisión de todas las actividades que pudieran haber estado vinculadas con la irregularidad.
Por otro lado, la orden de Hacienda incorpora una serie de salvaguardas para garantizar el cumplimiento de los objetivos de inversión fijados por la Unión Europea, bajo los cuales España se ha comprometido a destinar un 39,7% de los fondos recibidos a la transición ecológica y un 28,2% a la transformación digital. Para ello, el sistema de evaluación del plan de recuperación integrará los datos de cada proyecto con el fin de asegurar que estos umbrales se respeten. Si se detectan "valores inferiores a los previstos" o riesgo de "un impacto negativo en el objetivo global", las autoridades solicitarán un informe sobre la desviación y promoverán las "medidas correctoras" necesarias para garantizar los porcentajes acordados.
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